emergencia sanitaria

dnu 297/2020 aislamiento social preventivo y obligatorio

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia y con el fin de proteger la salud pública, el gobierno dictó una cuarentena obligatoria que rige desde el 20/03/2020 al 31/03/2020, pudiendo prorrogar el plazo por el tiempo que se considere necesario.

En que consiste

Las personas deben permanecer en su residencia habitual o donde se encontraren al momento de inicio de la medida. Ademas deben abstenerse de concurrir a los lugares de trabajo, salvo algunas excepciones. Y tampoco pueden circular por rutas, vías y espacios públicos.

Solo se puede realizar desplazamientos mínimos e indispensables para la compra de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.

Que pasa si no cumplo

Se procede a cesar la conducta infractora y se da actuación a la autoridad competente. Ademas se dispondrá la detención de vehículos que circulen en infracción y procederá a su retención preventiva.

Quienes están exceptuados

  • Personal de salud, seguridad, bomberos y servicio de justicia.
  • Autoridades superiores del gobierno nacional, provincial y municipal.
  • Personas que deban asistir a otras. Servicios funerarios. Atención de comedores escolares. Servicios de comunicación. Obra pública. Recolección de residuos. Mantenimiento de servicios básicos. Reparto a domicilio.
  • Industria de la alimentación y los comercios mayoristas y minorista de alimentos. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias y provisión de garrafas.
  • Actividad agropecuaria y de pesca.
  • Otras.

Feriados

El feriado del 2/04/2020 se traslada por única vez al día 31/03/2020.

Salarios

Las y los trabajadores del sector privado tendrán derecho a percibir el goce íntegro de sus ingresos habituales.


FINANZAS EN ORDEN by Melina Balien